El 25 de septiembre de 2024, el Congreso Nacional aprobó la reforma tributaria conocida como el “Proyecto de Cumplimiento Tributario”. Esta iniciativa, revisada previamente por el Tribunal Constitucional y declarada acorde con la Constitución, está en proceso de convertirse en ley, pendiente únicamente de su promulgación por el Presidente de la República y su publicación en el Diario Oficial.
Este proyecto trae consigo importantes modificaciones al marco tributario, con un enfoque en la declaración voluntaria de activos en el extranjero, la simplificación de procedimientos judiciales pendientes y la implementación de nuevas medidas de fiscalización. A continuación, se destacan los principales cambios incluidos en la reforma:
Declaración de Capitales en el Extranjero Los contribuyentes domiciliados o residentes en Chile antes del 1 de enero de 2023 podrán declarar voluntariamente bienes y rentas en el extranjero, pagando un impuesto único del 12%. Este mecanismo también permite la declaración de bienes localizados en Chile a través de entidades extranjeras, sin la obligación de repatriarlos. Las declaraciones podrán realizarse hasta el 30 de noviembre de 2024.
Término Anticipado de Gestiones Judiciales Pendientes Se habilita a los contribuyentes para concluir litigios tributarios pendientes mediante la condonación de multas e intereses, siempre que acepten la deuda ajustada. Esta medida, aplicable a gestiones anteriores al 1 de enero de 2024, busca agilizar los procesos judiciales, otorgando a los contribuyentes la posibilidad de cerrar estos casos en condiciones más favorables.
Norma General Antielusiva (NGA) Se refuerza la lucha contra la elusión fiscal mediante la introducción de nuevas causales para la aplicación de la NGA, especialmente en casos de simulación o abuso en la obtención de beneficios tributarios. Este procedimiento será gestionado por un Comité Ejecutivo, que evaluará y recomendará al Director del Servicio si se debe presentar el caso ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros.
Fiscalización de Grupos Empresariales Los grupos empresariales deberán designar un apoderado para coordinar con el Servicio de Impuestos Internos (SII). Esta medida permitirá una fiscalización más eficiente y unificada de todas las empresas del grupo, previniendo inconsistencias y facilitando la supervisión integral de sus operaciones.
Procedimiento de Fiscalización del SII Se amplían los plazos de fiscalización y se introducen nuevas disposiciones para garantizar que el SII disponga de los antecedentes necesarios para llevar a cabo una revisión exhaustiva. Entre las novedades, destaca la aplicación de la NGA cuando se detecten indicios de elusión durante la fiscalización.
Secreto Bancario Se reforma el procedimiento para solicitar información sujeta a secreto bancario. Ahora será obligatorio que el contribuyente autorice expresamente el levantamiento del secreto, con un proceso judicial específico para gestionar las negativas. Además, se refuerza la protección de los datos personales y se incrementan las penas para quienes vulneren la confidencialidad de esta información.
Denunciante Anónimo Se introduce la figura del denunciante anónimo en materia de delitos tributarios, proporcionando protección legal y confidencialidad a quienes colaboren con la investigación de este tipo de delitos. Los denunciantes podrán recibir hasta el 10% de la multa impuesta en casos donde el fraude supere las 100 UTA.
Tasación y Reorganización Empresarial Se redefine el criterio de tasación para activos, alineándose con los valores de mercado. También se establecen nuevos lineamientos para la reorganización de empresas a nivel internacional, con la exigencia de justificar la transacción bajo una “legítima razón de negocios” que no sea de carácter meramente tributario.
Entrega de Información por Entidades Financieras Se introduce la obligación para las entidades financieras de informar semestralmente sobre los abonos recibidos por los contribuyentes en sus cuentas cuando se superen ciertos umbrales de operaciones, con el objetivo de mejorar la transparencia y el control fiscal.
Cambios en Delitos Tributarios y Sanciones Se endurecen las penas por la emisión de documentos falsos y por la evasión de impuestos, con multas significativas para quienes incurran en fraudes. También se establecen sanciones más severas para quienes omitan información relevante durante las fiscalizaciones del SII.
Implementación de las Nuevas Medidas Las modificaciones contenidas en el Proyecto de Cumplimiento Tributario entrarán en vigor gradualmente, a partir del mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial, con plazos específicos para cada disposición.
Este proyecto representa un avance significativo en la modernización y fortalecimiento del sistema tributario chileno, con medidas que promueven la transparencia, combaten la elusión fiscal y optimizan la gestión de los recursos públicos.
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