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El comercio internacional y las inversiones entre Chile y Estados Unidos están en constante crecimiento, lo que implica nuevos desafíos en materia tributaria. Uno de los principales problemas que enfrentan las empresas y personas que operan en ambos países es la doble imposición, es decir, pagar impuestos sobre los mismos ingresos en ambos territorios. Para mitigar este problema, Chile y Estados Unidos firmaron un Convenio para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en relación a los impuestos sobre la renta y el patrimonio.

 
A continuación, destacamos los aspectos más relevantes de este acuerdo y las tasas impositivas aplicables, fundamentales para quienes prestan servicios o tienen operaciones en ambos países.
 

 1. ¿Qué es la doble imposición?

La doble imposición ocurre cuando una persona o empresa paga impuestos en dos países por el mismo ingreso o patrimonio. Esto es común en situaciones donde empresas internacionales o personas físicas realizan actividades en más de un país.

El Convenio entre Chile y Estados Unidos está diseñado para evitar este problema, asegurando que los ingresos generados en un país no se graven dos veces.
 

 2. ¿A quién se aplica este Convenio?

Este tratado aplica a personas y empresas que son residentes de Chile o de Estados Unidos y que generan ingresos en uno o ambos países. La residencia se define en base a criterios como domicilio, ciudadanía o sede de dirección. En caso de que una persona o entidad sea considerada residente en ambos países, se utilizan reglas adicionales para determinar su residencia fiscal.
 

 3. Establecimiento Permanente (EP)

El convenio introduce el concepto de establecimiento permanente (EP), clave para determinar si una empresa extranjera debe pagar impuestos en el otro país. Un EP puede ser una sucursal, oficina, fábrica o incluso una obra de construcción que dure más de seis meses. Las empresas que prestan servicios en el otro Estado por más de 183 días en un año también pueden ser consideradas como un EP.
 

 4. Tasas de Impuesto Aplicables

Una de las mayores preocupaciones de las empresas internacionales es la tasa de impuestos que tendrán que pagar. El convenio establece límites específicos a las tasas impositivas, reduciendo la carga tributaria en ciertos casos. Las tasas más importantes que se aplican son:
 
a. Dividendos Los dividendos que un residente de un Estado Contratante reciba de una empresa en el otro país pueden estar sujetos a impuestos en ambos Estados, pero el convenio limita el impuesto en el país donde se generan los dividendos:- 5% si el beneficiario es una empresa que posee al menos el 10% de las acciones con derecho a voto.- 15% en todos los demás casos.
 
b. Intereses Los intereses que provengan de un Estado Contratante y sean pagados a un residente del otro Estado pueden gravarse hasta un límite:- 4% si el beneficiario es un banco o compañía de seguros.- 10% en todos los demás casos.
 
c. Regalías Las regalías por el uso de equipos industriales, científicos o comerciales pueden estar sujetas a una retención de:- 2% para regalías por el uso de equipos industriales o científicos.- 10% para otros tipos de regalías, como patentes, marcas o derechos de autor.
 

 5. Eliminación de la Doble Imposición

Tanto Chile como Estados Unidos ofrecen mecanismos para evitar la doble imposición. En Chile, los residentes pueden acreditar los impuestos pagados en Estados Unidos contra el impuesto sobre la renta chileno. En Estados Unidos, los ciudadanos y residentes pueden acreditar los impuestos pagados en Chile.
 

 6. Importancia para las Empresas y Asesoría Especializada

Este convenio ofrece a las empresas que operan entre Chile y Estados Unidos la posibilidad de optimizar su carga tributaria, pero también implica una serie de desafíos en su implementación. Es fundamental contar con un equipo de asesores tributarios experimentados para maximizar los beneficios del acuerdo y asegurar el cumplimiento normativo en ambos países.
 
El Convenio para Evitar la Doble Imposición entre Chile y Estados Unidos es un paso importante para fomentar las relaciones económicas entre ambos países, proporcionando claridad y seguridad en el tratamiento fiscal de las rentas y patrimonios. Las tasas impositivas reducidas en dividendos, intereses y regalías permiten a las empresas planificar sus inversiones y operaciones de manera más eficiente.
Si su empresa opera en Chile y Estados Unidos, contar con una asesoría tributaria especializada es clave para aprovechar los beneficios de este convenio y asegurar un cumplimiento fiscal adecuado.
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